Ley de Segunda Oportunidad en Badajoz
Cancela legalmente tus deudas, incluidas las que tienes con Hacienda y la Seguridad Social dentro de los límites que marca la ley, y empieza de cero.
Consulta gratuita por WhatsApp¿Tienes deudas que no puedes pagar?
La Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo legal que permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas de forma definitiva cuando no pueden hacerles frente, y empezar de nuevo sin ese lastre financiero.
¿Quién puede acogerse?
Particulares
Con deudas personales, tarjetas de crédito, préstamos o avales que ya no pueden asumir.
Autónomos
Con deudas derivadas de su actividad, incluidas las que tienen con Hacienda y la Seguridad Social.
Ex administradores
Que han asumido deudas o avales personales de una empresa que ya no funciona.
Requisitos para acceder
Buena fe
No haber sido condenado por delitos patrimoniales o contra la Hacienda Pública en los últimos 10 años, entre otros requisitos legales.
Situación de insolvencia
Encontrarte en una situación de insolvencia actual o inminente, sin capacidad real de pagar tus deudas.
No haberlo usado antes
No haber obtenido ya la exoneración del pasivo insatisfecho en los últimos años.
Disposición a colaborar
No haber rechazado una oferta de empleo adecuada en los meses previos a la solicitud.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
Este es el punto que más dudas genera, así que vamos a ser precisos.
Deuda privada
Bancos, tarjetas, préstamos personales y proveedores. Se puede exonerar en su totalidad.
Deuda pública
Hacienda y Seguridad Social. La ley permite su exoneración, pero con límites cuantitativos según el importe adeudado a cada organismo. La parte no exonerada puede fraccionarse en un plan de pagos.
Te calculamos exactamente qué parte de tu deuda con Hacienda y Seguridad Social podría exonerarse en tu caso concreto, con los límites vigentes en este momento.
Cómo funciona el proceso, paso a paso
Análisis de viabilidad
Revisamos tu situación patrimonial y de deuda para confirmar que cumples los requisitos.
Acuerdo extrajudicial
Cuando procede, se intenta negociar con los acreedores antes de acudir al juzgado.
Solicitud del concurso
Se presenta el concurso de acreedores de persona física ante el juzgado con toda la documentación patrimonial.
Liquidación o plan de pagos
Según tu situación, se liquida el patrimonio no protegido o se establece un calendario de pagos.
Exoneración del pasivo
El juez decreta la cancelación definitiva de las deudas que correspondan.
Documentación que necesitarás
- Listado de acreedores y deudas (bancos, Hacienda, Seguridad Social, particulares)
- Últimas declaraciones de la renta
- Informe de vida laboral
- Relación de bienes e ingresos actuales
No te preocupes si no lo tienes todo reunido: te ayudamos a solicitarlo.
¿Cuánto dura el proceso?
Depende de si hay bienes que liquidar y de la carga del juzgado correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Perderé mi vivienda habitual?
No necesariamente. Existen mecanismos para proteger la vivienda habitual en determinadas condiciones, que analizamos en tu consulta inicial.
¿Puedo acogerme si soy autónomo con deudas de mi actividad?
Sí, es uno de los perfiles más habituales. Las deudas con Hacienda y Seguridad Social derivadas de la actividad se incluyen en el procedimiento con los límites legales aplicables.
¿Cancela también la deuda con Hacienda al completo?
La deuda pública tiene un tratamiento distinto al de la deuda privada: puede exonerarse, pero con límites según el importe. Te decimos con números exactos qué parte podría cancelarse en tu caso.
¿Qué pasa si tengo avales o soy fiador de otra persona?
Se analiza dentro del procedimiento; en muchos casos también puede beneficiarse de la exoneración.
¿Cuánto cuesta el proceso?
Te damos un presupuesto cerrado tras la consulta inicial, sin sorpresas ni honorarios ocultos.
¿Puedo intentarlo si ya me han embargado la nómina o la cuenta?
Sí. De hecho, iniciar el procedimiento puede ayudar a ordenar y detener determinadas ejecuciones, según el caso.
Empieza de cero, con asesoramiento real
La primera consulta es gratuita y sin compromiso: revisamos tu caso y te decimos con claridad si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y qué deudas podrías cancelar.
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